Señalización
En el día de hoy toca hablar de señalización, trataré el tema de la finaldad de la señalización y hablaré un poco sobre alguna cosa de interés de esta.
El Real Decreto 485/ 1997 regula la señalización de seguridad y salud en el trabajo, de las áreas de trabajo, locales, vías, zonas de tránsito, peligros derivados de la actividad o de la propia instalación y de los medios de protección, emergencia, socorro y salvamento en los lugares de trabajo, estableciendo criterios uniformes y homogéneos, a fin de salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores.
La señalización de salud y seguridad en el trabajo es una media complementaria en preveción que debe sefuir una serie de criterios uniformes y homogéneos, que permiten una información común independientemente del centro de trabajo .
FINALIDAD DE SEÑALIZACIÓN
Junto las obligaciones específicas relativas a la señalización de seguridad y salud en el trabajo, el empresario deberá también garantizar el cumplimiento de los preceptos de carácter general contenidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
La finalidad de la señalización es llamar la atención, informar o advertir sobre situaciones de riesgo o peligro, de la localización de salidas y elementos de protección o para indicar la obligación de seguir una determinada conducta de una forma rápida y fácilmente comprensible.
No sustituye a las medidas preventivas. Una adecuada señalización siempre debe estar acompañada de una información y formación sobre su significado.
La falta de señalización de seguridad incrementa el riesgo en la medida en que priva el trabajdor de la más elemental información sobre el riesgo y la manera de evitarlo.
Los trabajdores y trabajdoras deberán recibir formación específica para conocer el significado de las señales y los comportamiento generales o específicos que deban adoptarse en función de dichas señales.
DEFINICIONES DEL CONCEPTO DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
a) Señalización de seguridad y salud en el trabajo, es una señalización que se refiere a un objeto atividad o situación, y proporciona una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un calor, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda.
b) Señal de prohibición es una señal que prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un peligro.
c) Señal de advertencia es una señal que advierte de un riesgo o peligro.
d) Señal de obligación es una señal que obliga a un comportamiento determinado.
e) Señal de salvamento o de socorro es una señal que proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento.
f) Señal indicativa es una señal que proporciona otras informaciones distintas de las anteriores.
Se trata fundamentalmente de aquellas en las que la señalización empleada no esá normalizada.
g) Señalización de los medios de protección, proporcionan las indicaciones relativas a medios de protección, generalmente contra incendios.
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