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Medidas de protección

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Muy buenas tardes, en el día de hoy vamos a tratar temas que tengan que ver con medidas de protección laboral. Vamos a aprender todos juntos!!!  El apartado h del artículo 15 de la LPRL , principios de la acción preventiva , , especifica que –dentro de las medidas a realizar respecto a la prevención de riesgos- hay que adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. Una vez adoptadas tales medidas, y como complemento de éstas, se pueden utilizar medidas de protección individual; aquellas para uso exclusivo de una persona. Ambas son necesarias para la seguridad durante la jornada de trabajo.   Tanto la empresa como el trabajador puede incurrir en sanciones en el trabajo si se saltan estas, ya que de ellas depende en buen medida la protección laboral de la plantilla en su conjunto y de cada individuo por separado.   MEDIDAS DE PROTECCIÓN COLECTIVA (ámbito laboral) Son aquellas medidas de protección laboral destinadas a la protecci...